CLC Sport presente en el “Dossier Iusport COVID19 y Deporte: Cuestiones Legales.”

El prestigioso portal web especializado en Derecho Deportivo, IUSPORT, con la colaboración del Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE), ha editado este Dossier recopilatorio de las numerosas cuestiones legales que han surgido durante la pandemia.

Los autores analizan cuestiones como la vigencia de los contratos de los futbolistas, los ERTE en el ámbito del deporte profesional, si los clubes tienen que devolver las cuotas de las actividades por la COVID-19cómo afectará la COVID-19 a las federaciones deportivas o los derechos de los deportistas profesionales ante la pandemia, entre otras muchas.

Como reza el anuncio publicado en la propia web, este documento “ha contado con la participación de autores de primer nivel como Alberto Palomar, Javier Latorre, Emanuel Díaz Mirabile, Francisco Cantudo Agüera (CEO de CLC Sport & Legal), Pere Vidal, Irene Aguiar, Santiago Nebot, Víctor Lozano Gago, Remedios Roqueta Buj, María José López González, Álvaro Gómez de la Vega, Guillermo Castro Manzanares y Alejandro Valiño.

DESCARGA GRATIS el Dossier IUSPORT n.1 “COVID-19 y Deporte: Cuestiones Legales”

Circular 14/2020 CLC Sport & Legal: Modificación de la Orden de 19 de junio de 2020 de la Junta de Andalucía. Nuevas Condiciones de la Actividad Deportiva.

(Adaptado a la Orden de 11 de septiembre de 2020 que modifica la Orden de 19 de junio de 2020 de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía)

La Junta de Andalucía ha publicado la Orden de 11 de septiembre de 2020 que modifica la Orden de 19 de junio de 2020 de la Consejería de Salud, estableciendo nuevas normas para la actividad deportiva, regulando con ello la forma y manera en que se podrán desarrollar entrenamientos, la preparación de la competición y en su caso los eventos deportivos de ocio y competición.

Sin perjuicio de la interpretación que se vayan dando a estos nuevos preceptos, que modifican los puntos 2 y 3 del Aparatado 32º de la citada Orden de 19 de junio de 2020, desde CLC SPORT&LEGAL queremos realizar una primera aproximación a los efectos de poder concretar a nuestros clubes y entidades deportivas, las novedades que les serán de aplicación en la organización de actividades deportivas federadas y no federadas (o bien oficiales y no oficiales), así como nuevas pautas que deberán de implementarse en las instalaciones deportivas, intentando sistematizar y agrupar las normas para su facilitar su comprensión.Leer más

Circular 13/2020 CLC Sport & Legal: Resumen del Protocolo de Prevención COVID-19 en entrenamientos de la RFAF.

Ante las numerosas consultas recibidas en relación al Protocolo de la RFAF ante la COVID-19 y las dificultades que se plantean en el mismo en cuanto a su contenido, hemos optado por remitiros un breve resumen/esquema que facilite su compresión y por supuesto, su aplicación.
Se han realizado pequeños añadidos en letra azul, con cuestiones que consideramos son obligatorias o convenientes por estar así establecido por las autoridades estatales o autonómicas o imprescindibles para su validez y eficacia, sin ningún ánimo por supuesto, de menoscabar el trabajo de la RFAF, sino en la línea de aportar datos complementarios que mejoren la aplicación del Protocolo por los Clubes.

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Circular 12/2020 CLC Sport & Legal: Comentario a la Orden de 13 de agosto de 2020 de la Junta de Andalucía (Medidas COVID-19).

Tal y como informó CLC SPORT&LEGAL, el pasado 13 de agosto se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de 13 de agosto de 2020, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020, para adoptar medidas preventivas en materia de salud pública en los centros sociosanitarios residenciales, en los centros de día y ocupacionales, en espectáculos taurinos, así como en actividades físico-deportivas, como consecuencia de la situación y evolución de la pandemia por coronavirus (COVID-19).

En lo relativo a las actividades físico-deportivas, se modifica el párrafo 2.4.1 del apartado trigésimo segundo de la Orden de 19 de junio de 2020 que, a nuestro juicio, goza de suma relevancia y que queda redactado de la siguiente forma:

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Circular 11/2020 CLC Sport & Legal: Comentario a la nota de la R.F.A.F. de 13 de agosto de 2020 (Medidas COVID-19).

Tal y como informó CLC SPORT&LEGAL en el día de ayer se publicó por parte de la RFAF un nota informativa en la cual se ponía en conocimiento de los Clubes y entidades deportivas de Andalucía la decisión del órgano federativo de demorar el inicio de las competiciones federadas y de los entrenamientos destinados a participar en las mismas hasta que no existan unas condiciones mínimas de seguridad y protección de todos los participantes, no autorizando por el momento ni entrenamientos (de naturaleza federada, entendiendo por tales los orientados a la participación de las competiciones organizadas y promovidas por la RFAF) ni partidos amistosos.

Muchos clubes han solicitado a CLC SPORT&LEGAL información sobre el alcance de dicha decisión federativa y trasladado la cuestión sobre si es posible desarrollar y organizar entrenamientos aún bajo la responsabilidad del Club o entidad deportiva. Indicar desde el primer momento que CLC SPORT&LEGALcomparte el criterio de prudencia y paciencia comunicado desde la RFAF. Ahora bien antes las consultas recibidas no podemos dejar de informar sobre el alcance de dicha decisión y el análisis jurídico de la situación legal actual.Leer más

Ayudas de la Junta de Andalucía al Patrocinio de Clubes y Entidades Deportivas (Medidas COVID-19).

La Junta de Andalucía, en el Decreto Ley 20/2020 de 28 de julio, aprobado con extraordinario y urgente, para establecer ayudas al impacto negativo de la crisis por COVID-19, ha venido a introducir una serie de medidas en materia de deporte orientadas a favorecer e incentivar los patrocinios deportivos en los clubes y entidades deportivas de Andalucía por este concepto. Para ello, y con el fin de incrementar las aportaciones de posibles patrocinadores (personas jurídicas o autónomos) a los Clubes, ha establecido una línea de subvenciones al patrocinador en una cantidad del 50% del importe patrocinio de la empresa al Club y ello con un límite de 6.000 euros. Es decir, el patrocinador podrá recibir como subvención el 50% del importe abonado al Club.

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CLC Sport & Legal elabora el Protocolo para los Entrenamientos y Competiciones de la Federación de Baloncesto de Madrid.

CLC SPORT&LEGAL ha elaborado y ejecutado el Protocolo para los entrenamientos y competiciones de la FEDERACIÓN DE BALONCESTO DE MADRID, dando con ello cumplimiento a lo establecido en la Orden 668/2020 de 19 de junio de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, el cual viene a establecer la obligación de las Federaciones Deportivas de regular y establecer el marco preventivo y las medidas de protección a implementar en el deporte federado amateur (no profesional).

Este Proyecto ha sido llevado a cabo en colaboración con los diferentes estamentos de la Federación de Baloncesto de Madrid, habiendo contando con las inestimables aportaciones de la Escuela de Entrenadores de la Comunidad de Madrid, la Asociación de Entrenadores de Baloncesto de la Comunidad de Madrid (AEBCAM), el Comité de Árbitros, y por supuesto de la Comisión Delegada de la FBM y de su Área Deportiva, todo ello además siguiendo las directrices y pautas que se han fijado desde la Comunidad de Madrid.Leer más

El “deporte individual al aire libre” escapa de la mascarilla en Andalucía.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía he hecho pública en el día de hoy la Orden de 14 de julio de 2020, sobre el uso de la mascarilla y otras medidas de prevención en materia de salud pública para hacer frente al coronavirus (COVID-19) y por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020.

En lo relativo al deporte la nota más destacada es que no será obligatorio el uso de la mascarilla “en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.”

Los efectos de las disposiciones contenidas en la citada orden surtirán efectos desde el 15 de julio de 2020.

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Circular Informativa Fase Nueva Normalidad (Madrid).

Una vez finalizado el Estado de Alarma y con ello la Fase III de la desescalada, son las Comunidades Autónomas las que asumen las competencias en materia de Deporte, recuperando pues la capacidad para establecer las normas que se aplicarán en las Instalaciones y a las Actividades Deportivas que se organicen y promuevan. En el caso de Comunidad de Madrid, la norma de cabecera en materia de organización del Deporte, será la Orden 668/2020 de 19 de junio de 2020 de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, la cual viene a regular de forma específica en su Capítulo IX la actividad del Deporte, sin olvidar las normas generales en materia de salubridad, higiene y limpieza que serán de aplicación y de obligado cumplimiento a todas las actividades.
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Circular Informativa Fase Nueva Normalidad (Andalucía).

En la NOTA INFORMATIVA que adjuntamos, se contienen de forma resumida las NORMAS QUE HA PUBLICADO LA JUNTA DE ANDALUCIA en materia de deporte para su aplicación a partir del día 22 de junio de 2020, en la llamada FASE DE NUEVA NORMALIDAD en Andalucía tras la finalización del Estado de Alarma

Es importante recordar la inmediatez de conocimiento de las normas que regirán a partir del lunes. Recomendamos procedan a su lectura detenida y comprueben las nuevas obligaciones que imponen a los Clubes y las que vendrán una vez las Federaciones Deportivas correspondientes dicten el Protocolo para los entrenamientos y competición. Indicamos ésto por cuanto sabemos que muchas entidades han iniciado sus pruebas de captación, sesiones de entrenamiento, partidos (que insistimos, hasta ahora no han estado permitidos), campus o cursos de tecnificación, y la responsabilidad de cumplimiento de las medidas recae directamente sobre vosotros por cuanto no son actividades organizadas en el ámbito de entrenamientos de equipos federados o en competición por cuanto la temporada se declaró finalizada y con ello no hay paraguas federativo alguno.  Todas estas actividades a la fecha son consideradas NO OFICIALES y, por ello, deben regirse por las normas aplicables a dicha particularidad.

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