En España, la propiedad industrial otorga una serie de derechos de exclusiva sobre determinadas creaciones inmateriales que se protegen como verdaderos derechos de propiedad. Una de las manifestaciones de este derecho recae sobre los llamados signos distintivos, esto es, sobre las marcas y nombres comerciales. En palabras de la Oficina Española de Patentes y Marcas, podemos definir las marcas y nombres comerciales como «combinaciones gráficas y/o denominativas que ayudan a distinguir en el mercado unos productos o servicios de otros similares ofertados por otros agentes económicos.«