En el día de hoy se ha publicado el RDL 18/2020 de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo el cual viene a resolver y aclarar algunas de las cuestiones que quedaron pendientes con la regulación inicial los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) suspensivos o de reducción de jornada por fuerza mayor ocasionado por la pandemia de COVID19 (regulados en el RDL 8/2020). La norma que hoy ha sido objeto de publicación viene a establecer y desarrollar cómo proceder con los citados ERTE en la actual fase de desescalada en la que se está produciendo la progresiva incorporación de los trabajadores a sus puestos de trabajo, siendo preciso concretar en qué supuestos puede mantenerse el ERTE, hasta cuándo puede prolongarse su eficacia, en qué supuestos podrá exonerarse a la empresa de la obligación de mantener el empleo durante 6 meses (tal y como se estableció como condición inexcusable para ser beneficiario del ERTE en el RDL 8/2020) y cómo se atenderán las cuotas de Seguridad Social.Leer más
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Sobre los E.R.T.E. por Fuerza Mayor.
En el día de ayer se publicó el RDL 8/2020 de 17 de marzo de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, concretando en su artículo 22 las medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor.
Desde C.L.C. SPORT & LEGAL procedemos a continuación a detallar y esquematizar cómo queda configurado el procedimiento de urgencia:Leer más