Circular 18/2020 CLC Sport & Legal: Junta de Andalucía. Decreto 8/2020 por el que se establecen medidas para Andalucía en el ámbito del Estado de Alarma.

Se acaba de publicar por la Junta de Andalucía el Decreto 8/2020 de 29 de octubre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, la cual entra en vigor a las 0’00 horas del día 30 de octubre de 2020.

Sin perjuicio de un mayor desarrollo y detalle a lo largo del día de mañana, y a la vista de la gran inquietud que ha ocasionado la tardanza en la publicación de la norma, procedemos a marcaros unas breves directrices en materia de deporte:

1) Cierre de la CCAA. Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía a partir de las 00:00 horas del día 30 de octubre de 2020 y hasta las 00:00 del día 9 de noviembre de 2020.

2) Cierre de entrada-salida de provincias y municipios (Artículo 3 y D.A. Única): desde las 00:00 horas del día 30 de octubre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020, se restringe la entrada y salida de los municipios comprendidos en los siguientes ámbitos territoriales y distritos sanitarios: provincia de Granada, provincia de Jaén, provincia de Sevilla, Distrito sanitario Córdoba Sur, Distrito sanitario La Vega, Distrito sanitario Jerez Costa Noroeste y Distrito sanitario Sierra de Cádiz.

3) Movilidad permitida en materia de Deporte. Se permite la movilidad y desplazamientos, y con ello la entrada y salida de la CCAA y de las provincias y municipios en los que se ha restringido la entrada y salida a los deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo. El documento pues que sirve para acreditar el desplazamiento es la licencia federativa, pudiendo ser complementado con un certificado del Club a los efectos de justificar el destino. La práctica deportiva se ajustará a los Protocolos de Prevención de Contagios de cada Federación Deportiva y a la normativa aplicable a los mismos.

Para la práctica del deporte NO FEDERADO no se podrán realizar desplazamientos fuera de los municipios/provincias afectados o fuera de la CCAA. Podrán realizarse en cada municipio y limitados a grupos de 6 personas.

4) Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno (“toque de queda”). A partir de las 00:00 horas del día 30 de octubre de 2020 y hasta las 00:00 del día 9 de noviembre de 2020, se limita la circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad Autónoma de Andalucía en la franja horaria que transcurre desde las 23:00 horas hasta las 6:00 horas, como medida específica de contención y prevención, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

Como os indicamos estas son las principales medidas y su afección al ámbito deportivo. En próximas circulares os detallaremos y concretaremos algunas de las medidas.

Sevilla a 29 de octubre de 2020.

C.L.C. SPORT&LEGAL

Departamento Jurídico

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