Deporte en Fase 2 y Fase 3: Reanudación de Entrenamientos y Actividades Deportivas.

Os remitimos la presente CIRCULAR a fin de informaros de la situación en la que se encuentra el proceso de desescalada en materia deportiva para el deporte no profesional federado y deporte amateur en todas sus modalidades a la vista de las últimas normas publicadas para la FASE3 y aclaraciones que se han publicado por parte del CSD a las normas dictadas para la FASE 2 y que han permitido la ampliación del número de personas que practiquen la actividad deportiva. Es por ello por lo que, desde  C.L.C. SPORT & LEGAL, a la vista de las muchas consultas recibidas, hemos decidido realizar esta breve nota aclaratoria a fin de quede clarificado qué actividades se pueden realizar, con cuántas personas y en qué condiciones. 

1º).- ACTIVIDADES DEPORTIVAS FASE 2. Es la fase en la que nos encontramos actualmente, con la previsión de que la misma se prolongue hasta el 8 de junio de 2020. Las normas que tendremos que tener siempre en cuenta en esta Fase son: la ORDEN SND 399/2020 (en cuanto a medidas de higiene y limpieza en las instalaciones deportivas), la ORDEN SND 414/2020 (actividades deportivas a desarrollar en fase II) y la aclaración realizada por el CDS a la Orden 414/2020 en la que matiza y concreta actividades y personas que pueden participar en ellas. 

  • ¿Qué actividades se pueden desarrollar en la FASE 2? Se podrán realizar según las normas antes indicadas:
    • Deportes individuales: tenis, badminton, atletismo, golf, petanca, tiro, etc..
    • Deportes individuales en modalidad de dobles: tenis, padel, badminiton, ping pong, etc,….
    • Entrenamientos individuales de cualquier modalidad deportiva, incluida la tecnificación de modalidades deportivas. 
    • ACTIVIDAD FÍSICA NO PROFESIONAL DE HASTA UN MÁXIMO DE 10 PERSONAS, sin que exista contacto físico de los participantes. Esta aclaración ha sido introducida por el CSD el pasado día  28 de mayo, a raíz de las consultas realizadas por diferentes Federaciones Deportivas sobre el alcance de la ORDEN SND 414/2020 la cual permitía el deporte en grupo hasta un máximo de 10 personas pero no derogaba los artículos de la ORDEN SND 399/2020 que establecían la práctica del deporte sólo en modalidad individual. Dicha aclaración fue publicada en las FAQS del CSD PARA EL DEPORTE EN FASE II, clarificando cómo queda la situación para el deporte en esta fase. 

Según esta aclaración los CLUBES DEPORTIVOS y ESCUELAS DEPORTIVAS DE DEPORTES COLECTIVOS como fútbol , baloncesto, voleibol, clases de tenis, padel, badminton, golf, etc…. podrían reanudar los entrenamientos y las actividades deportivas (si es de su interés aún habiendo terminado la competición) siempre y cuando cumplan las siguientes directrices:

  1. Limiten su actividad a un máximo de 10 participantes.
  2. Organicen la actividad por el sistema de turnos. Un turno no accederá hasta la limpieza y desinfección del grupo anterior.
  3. Se garantice que en el espacio donde se va a desarrollar la actividad se garantiza un distanciamiento de al menos 2 metros entre deportistas.
  4. El entrenamiento o actividad deportiva se realice de forma individual sin contacto físico, es decir, no se podrán realizar con ese grupo de 10 personas actividades deportivas o entrenamientos que supongan un contacto físico. Los entrenamientos deberán estar orientados en una faceta individual tecnificación, ejercicios con balón, sin balón, técnica, táctica o trabajo en grupo pero SIN CONTACTO FISICO. Ello significa que no se podrán realizar partidillos, o entrenamientos de defensa/ataque en supongan situaciones de contacto entre deportistas. 
  5. Se cumplan todas y cada una de las medidas que de higiene, limpieza y salubridad que se fijan en el Orden SND 399/2020 (Concretadas en el Protocolo que os remitimos de Medidas de Prevención contra el COVID19 en Instalaciones y Actividades Deportivas).

Es decir, la aclaración realizada por el CSD a la ORDEN SND 414/2020 permite pues la realización de deportes a grupos de hasta 10 personas PERO CON LAS LIMITACIONES ANTES IMPUESTAS de evitar en la práctica de 

2º).- ACTIVIDADES DEPORTIVAS FASE 3. Se regirán por la ORDEN SND 458/2020 de 30 de mayo que regula las medidas de desescalada para la fase 3. Ser aplicarán SOLO EN EL MOMENTO en que el territorio pase a la fase 3 (en Andalucía, previsiblemente, a partir del 8 de junio con las dudas de Málaga y Granada por su incorporación tardía a la Fase 2). 

  • ¿Qué actividades se pueden desarrollar en la FASE 3? Para el DEPORTE BASE (No profesional federado, la citada norma establece qué se podrán realizar: 
  • Los mismos que en la Fase 2 en cuanto a deportes individuales, en modalidad de dobles. 
    • LOS CLUBES Y ESCUELAS DEPORTIVAS de deportes colectivos (fútbol, baloncesto, voleibol, etc…), podrán realizar entrenamientos de tipo medio, consistentes en el ejercicio de tareas individualizadas de carácter físico, técnico y táctico, en pequeños grupos de varios deportistas hasta un máximo de 20 deportistas.
      • Podrá asistir a las sesiones de entrenamiento el personal técnico necesario para el desarrollo de las mismas, cumpliendo siempre las medidas generales de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias
      • Podrán realizarse reuniones técnicas de trabajo (visionado de vídeos o charlas técnicas de revisión, etc…) con un máximo de veinte participantes, siempre que sea posible guardar la distancia de seguridad de 2 metros adoptando además las medidas de protección necesarias (mascarillas y desinfección). 
      • No podrán participar personal auxiliar o utilleros.
  • Modificaciones respecto de USO INSTALACIONES AIRE LIBRE Y PISTAS INTERIORES:
  • Pistas al aire libre: máximo de 20 personas siempre que no supere el aforamiento del 50% de la pista o campo. Se mantendrá el sistema POR TURNOS para la organización de la actividad. 
  • Pistas cerradas y centros deportivos: máximo de 20 personas siempre que no supere el 50% del aforo. Se mantendrá el sistema POR TURNOS para la organización de la actividad. 
  • Centros deportivos y Gimnasios: no será necesario sistema de cita previa siempre que se respeten los límites antes indicados.  
  • REQUISITOS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN GRUPOS EN LA FASE 3: 
  • Máximo Participantes: 20 deportistas. 
  • Organización de la actividad por el sistema de turnos: un turno no accederá hasta que haya finalizado el anterior y se haya efectuado la limpieza y desinfección de la instalación. 
  • Distancias de seguridad de dos metros de manera general entre deportistas en el desarrollo de la actividad.
  • Evitar en todo caso situaciones de contacto físico. Los ejercicios se diseñaran para trabajo individual o respetando la distancia indicada. 
  • Se cumplan todas y cada una de las medidas que de higiene, limpieza y salubridad que se fijan en el Orden SND 399/2020 (Concretadas en el Protocolo que os remitimos de Medidas de Prevención contra el COVID19 en Instalaciones y Actividades Deportivas) 
  • Se permitirá el USO DE VESTUARIOS Y ASEOS: 
    • Vestuarios: 1 persona cada 4 metros cuadrados
    • Aseos de más de 4 metros cuadrados: aforo 50%.
    • En ambos: GARANTIZAR DISTANCIA SEGURIDAD 2 METROS // GARANTIZAR FRECUENCIA DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN. 
  • SE MANTIENE LA PROHIBICIÓN DE ASISTENCIA DE PUBLICO. 

Desde C.L.C. SPORT&LEGAL, os recomendamos planificar bien la práctica deportiva antes de comenzar su realización y actuar siempre con prudencia y de forma ordenada en el sentido de que debe de primar la seguridad y la higiene de los participantes y deportistas sobre cualquier otro aspecto. Para ello os recomendamos: 

  1. Analizar la instalación y las pistas, campos y materiales  que utilizaremos. 
  2. Planificar las medidas de organización de las actividades: turnos, horarios, grupos, actividades a realizar, entrenamientos, etc….
  3. Organizar los sistemas de higiene, salubridad y limpieza, garantizando las medidas oportunas 
  4. Ejecutar las actuaciones planificadas de medidas preventivas de higiene en la instalación y en la actividad. No comenzar nunca sin tenerlas todas.
  5. Informar a todos los deportistas, técnicos, participantes, etc… de las medidas Y PEDIRLES SU COMPROMISO (escrito) en el cumplimiento de las medidas. 
  6. Revisar todas las medidas antes de comenzar.
  7. Comenzar con cautela.
  8. Analizar la implementación de las medidas y valorar
  9. REVISAR CONTINUAMENTE los problemas y circunstancias detectados. 
  10. Organizar los sistemas de limpieza y desinfección tras la finalización de la actividad. 

Ante cualquier detección de un caso de COVID19, separar al deportista y contactar con las autoridades sanitarias, siguiendo sus instrucciones. 

Como siempre, todo el equipo de C.L.C. SPORT&LEGAL está a vuestra disposición para cualquier aclaración al respecto y para ayudaros en la reanudación de las actividades. 

 
 
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